El inicio de 2026 llega acompañado de un escenario laboral especialmente intenso en cambios normativos, con impacto directo en la gestión de personas, las obligaciones empresariales y el trabajo diario de asesorías laborales y despachos profesionales. Desde el salario mínimo hasta el registro horario digital, pasando por permisos, contratos formativos o despidos, el nuevo ejercicio exige revisión, planificación y adaptación.
A continuación, hacemos un repaso ordenado de las principales novedades laborales a tener en cuenta en 2026.

El Salario Mínimo Interprofesional volverá a incrementarse en 2026. El Ministerio de Trabajo trabaja con un aumento estimado del 3,1 % respecto al SMI de 2025, con previsión de aprobación a finales de enero o principios de febrero y efectos retroactivos desde el 1 de enero.
Junto al incremento salarial, se plantea consolidar de forma permanente la deducción íntegra del SMI en el IRPF, que hasta ahora solo se aplicaba de manera temporal. Además, se prevé reforzar la prohibición de compensación o absorción del SMI con complementos salariales.
Una de las reformas más relevantes que despliega plenamente sus efectos en 2026 es la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor. La duración ordinaria pasa a ser de 17 semanas (28 en familias monoparentales), a las que se suman dos semanas adicionales para el cuidado del menor.
En los supuestos de nacimientos producidos entre el 2 de agosto de 2024 y el 30 de julio de 2025, estas semanas adicionales podrán disfrutarse a partir del 1 de enero de 2026, alcanzando así las 19 semanas totales.
La ampliación de los permisos ha reabierto el debate sobre la retribución del permiso parental de ocho semanas regulado en el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores. El legislador considera cumplida la exigencia europea con el nuevo esquema de permisos, pero empiezan a dictarse resoluciones judiciales que reconocen el derecho a retribución directa en aplicación de la normativa comunitaria.
La cuestión queda pendiente de una posible clarificación por parte de la Unión Europea, lo que introduce un foco de inseguridad jurídica para empresas y asesorías.
Desde el 27 de diciembre de 2025 está en vigor el reglamento que desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, con nuevas exigencias para los contratos formativos. Entre los cambios más relevantes destacan:
Estas modificaciones obligan a revisar políticas de contratación y sistemas de seguimiento formativo.
El llamado Estatuto del Becario continúa su tramitación parlamentaria y se espera su aprobación durante 2026. Su objetivo es diferenciar con claridad las prácticas formativas de las relaciones laborales, combatir el uso indebido de becas y establecer un marco de derechos y garantías para las personas en formación práctica no laboral.
Uno de los cambios con mayor impacto operativo será la implantación del registro horario digital obligatorio, actualmente en fase de tramitación normativa. El nuevo sistema exigirá:
La adaptación tecnológica y organizativa será clave para evitar sanciones.
En el plano jurisprudencial, el Tribunal Supremo ha cerrado la puerta a la generalización de indemnizaciones por despido improcedente superiores a las previstas legalmente. Esta doctrina refuerza la seguridad jurídica de las empresas, al acotar el margen de discrecionalidad judicial en la fijación de indemnizaciones.
El año 2026 consolida una nueva etapa en el Derecho laboral, marcada por mayores exigencias normativas, refuerzo de derechos sociales y un control más intenso de las obligaciones empresariales. Para empresas, asesorías y departamentos de recursos humanos, anticiparse, revisar procedimientos y actualizar criterios será clave para empezar el ejercicio con garantías y evitar riesgos innecesarios.